⚠️ REQUISITOS LEGALES PARA EL BUCEO

Según la legislación local en vigor (RD 550/2020 e ITC EP-5), para la práctica de actividades de buceo es necesario disponer de una titulación válida y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estado de salud y certificado médico: Todos los buceadores deben rellenar un formulario de declaración médica que muestre su buen estado de salud (encontraréis el formulario de declaración médica justo debajo de esta información para su descarga o consulta. 👇)

    • Según las respuestas del formulario, puede ser necesario pasar un reconocimiento y obtener un certificado médico oficial.

    • En caso de que el certificado sea necesario (o si se prefiere de forma preventiva), este debe tener una antigüedad inferior a 1 año.

  • Seguro de buceo: Es obligatorio disponer de un seguro en vigor que cubra accidentes de inmersión. En caso de no disponer de uno, en el centro os podemos tramitar seguros diarios, semanales, mensuales o anuales.

  • Equipo propio y botellas: Si traes tu propia botella, según la legislación local vigente (ITC EP-5), esta debe estar al día de las revisiones correspondientes:

    • Inspección visual: Anual.

    • Prueba hidráulica (contraste): Cada 5 años.

    • Nota: Los reguladores deben disponer obligatoriamente de una fuente de aire alternativa (octopus).